SE VIENE OTRA REFORMA POLÉMICA LO JUECES SIN ROSTRO

En los próximos días, el Senado comenzará a discutir la reforma presidencial en la que se crea la figura de "jueces sin rostro". Sin embargo, ya surgió polémica en torno a este cambio, pues especialistas y organizaciones civiles han señalado que va contra estándares internacionales y podría convertirse en una herramienta de abuso e impunidad.
Hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado que esta figura contraviene la Convención Americana sobre Derechos Humanos, vulnera el proceso, el derecho a ser juzgado por un juez imparcial y el acceso a la justicia.
La experiencia muestra que el anonimato judicial no fortalece la justicia, la debilita institucionalmente y la acerca a modelos de justicia punitivo, opacos y regresivos”.
En tanto, Alejandro Martínez Serrano, docente de Derecho en la Universidad La Salle, dice que entre las dudas que hay sobre la figura de "jueces sin rostro" está el saber quiénes los elegirán: si serán los ciudadanos mediante voto directo o el Poder Judicial. Además, señala que uno de los riesgos de esta reforma está en la posibilidad de que haya corrupción para obtener los nombres de las personas que están bajo esta figura.
"El nombre es muy rimbombante: jueces sin rostro, pero en un papel administrativo al interior de las estructuras del Poder Judicial se sabrá quiénes son. No es una figura aislada de la realidad. Hay episodios donde se ha dado fenómenos de corrupción, no dudo que algún momento se pudiera investigar quiénes son están figuras", dice el también internacionalista.
No es la primera vez que se implementa esta figura, se ha hecho principalmente en América Latina, como Perú, Brasil, El Salvador y Colombia, donde no redujo la impunidad, sino generó opacidad y riesgo de abusos, y en algunos casos esta medida ya desapareció por la falta de resultados.
Discusión de la reforma en el Senado
Esta reforma fue enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum desde junio de 2025 para establecer la figura de “jueces in rostro” con el fin, se menciona en la propuesta, de preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras.
Esto significa que la identidad de juzgadores será reservada cuando estén a cargo de casos de tráfico de personas, delitos contra la salud, tráfico de armas, financiamiento al terrorismo o tráfico de órganos.
Este cambio se hace al Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, donde se menciona que para preservar la seguridad y resguardar la identidad de los juzgadores, será el Órgano de Administración Judicial, o la presidencia o la comisión correspondiente al Poder Judicial, la que verificará la existencia de riesgo siguiendo una serie de criterios:
- Los indicios de participación de los procesados
- La capacidad del grupo delictivo para causar daño
- La gravedad del delito y pena asociada
- La existencia de amenazas o la intención de causar daño al juez
Todos estos datos serán recabados para que dichas autoridades para que tomen una decisión. Además, el resguardo de la identidad de los juzgadores estará sometido a revisión periódica y oficiosa por parte de este Órgano de Administración a través de la Unidad Especializada.
“En ese sentido, la iniciativa pretende garantizar que el ejercicio de las personas juzgadoras se brinde con independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y ética”, se menciona en la propuesta.
Esta modificación apenas será discutida en el Senado, aunque no hay día específico para ello. Desde la Comisión de Justicia de esta Cámara legislativa se han realizado mesas de análisis, en donde expertos han advertido que esta figura es inconstitucional, inconvencional y no ha funcionado en otros países.




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