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PUBLICAN LEY OLIMPIA EN EL DOF

Foto del escritor: Juanita Medellín Barbosa
Juanita Medellín Barbosa
2 jun 2021
1 min de lectura

La Ley Olimpia ya es oficial, pues el Congreso de la Unión la oficializó y publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que toda persona que difunda material íntimo de personas sin su consentimiento incurrirá en un delito. Tras la oficialización de la Ley Olimpia, que el 29 de abril fue avalada en la Cámara de Diputados, los congresos locales de los diversos estados tienen un plazo de 180 días para realizar adecuaciones legislativas para dar cumplimiento a la ley. Este tiempo comenzará a correr a partir del próximo 2 de junio. Aquella persona que incurra en delitos que atenten en contra de la intimidad de las personas tendrá una sanción de 3 a 6 años de cárcel y multa de hasta mil UMAS, o poco más de 89 mil pesos al valor actual de esa unidad. Además, tiene una agravante, que aumentará la pena hasta en una mitad, cuando se trate de cónyuge, concubina o algún vínculo sentimental con la víctima, y cuando se cometa contra una persona que no pueda entender el hecho o no tenga capacidad de resistirlo. Por último, se establece que el Ministerio Público deberá de ordenar medidas de protección como interrupción, bloqueo y la eliminación de los contenidos íntimos expuestos públicamente.

Nota:Int



 
 
 

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