LA SUPREMA CORTE MANTIENE LAS RESTRICCIONES A LA COMIDA CHATARRA EN LAS ESCUELAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó tres amparos promovidos por empresas que buscaban eliminar las restricciones a la venta de productos con sellos de advertencia en escuelas del país. Con esta decisión, el máximo tribunal respaldó los lineamientos que regulan la preparación, distribución y comercialización de alimentos y bebidas dentro de los planteles educativos, incluidos los de educación media superior y superior.
Los recursos fueron presentados por empresas que cuestionaban las limitaciones comerciales y argumentaban que las reglas afectaban sus derechos, sus contratos y su libertad de comercio. Entre las compañías mencionadas en los reportes se encuentran Embotelladora Las Margaritas y Embotelladora del Fuerte, subsidiarias de Coca-Cola, así como Maison Kayser y Mega Vending de México.
La Corte determinó que las disposiciones no prohíben la venta de esos productos en todos los espacios ni impiden que los consumidores los compren fuera de las escuelas. La regulación se concentra en los alimentos y bebidas que pueden ofrecerse dentro de los planteles, con el propósito de favorecer una alimentación más saludable y proteger la salud de la comunidad escolar.
Los lineamientos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024. Entre sus objetivos están reducir la presencia de productos que no cumplen con los criterios nutrimentales establecidos y promover una mayor disponibilidad de opciones saludables. Las reglas se aplican a los distintos niveles del Sistema Educativo Nacional, no solamente a las escuelas de educación básica.
Uno de los argumentos de las empresas era que las restricciones afectaban sus actividades comerciales y contratos previamente establecidos. Sin embargo, la resolución sostuvo que regular qué productos pueden venderse dentro de los planteles no equivale a prohibir su comercialización de manera general. También se rechazaron argumentos relacionados con derechos de los estudiantes que las empresas no podían reclamar en nombre propio.
La decisión tiene implicaciones para cooperativas escolares, cafeterías, proveedores y compañías que distribuyen alimentos dentro de instituciones educativas. Estos establecimientos deberán ajustar su oferta a los criterios establecidos, mientras que las autoridades educativas y sanitarias tienen la responsabilidad de supervisar que las disposiciones se cumplan.
El reto no termina con la resolución judicial. Para que la política tenga resultados, las escuelas necesitan alternativas accesibles, agua potable, información nutricional y opciones de alimentación que respondan a las necesidades de los estudiantes. La medida busca mejorar el entorno alimentario, pero su efectividad también dependerá de la supervisión y de los hábitos que se promuevan entre alumnos y familias.




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