top of page

EL MONTO MÁXIMO QUE SE PUEDE TENER EN CASA DE MANERA LEGAL SEGÚN EL SAT

  • Zona Política
  • 8 abr
  • 3 Min. de lectura

Llegó abril y con él el Servicio de Administración Tributaria (SAT) su sistema para que las personas físicas puedan proceder con la presentación de su Declaración Anual. El órgano administrativo impuso como fecha límite el 30 de abril, por lo que los contribuyentes tienen todo el mes para cumplir con este trámite obligatorio.


El SAT recuerda que la Declaración Anual incluye entre los ingresos sueldos, salarios y asimilados, actividades empresariales y profesionales, actividades empresariales con ingreso a través de plataformas tecnológicas, Régimen Simplificado de Confianza, arrendamiento, intereses, enajenación de bienes, enajenación de acciones en bolsa de valores, por adquisición de bienes, obtención de premios, por dividendos, y demás ingresos que obtengan las personas.


Dentro de las disposiciones del SAT, los contribuyentes que están obligados a realizar su Declaración Anual son aquellos que tengan ingresos anuales superiores a los 400 mil pesos. Sin embargo, existen dudas sobre cuánto dinero en efectivo se puede tener en el hogar y que no sea considerado como ilegal.


Al respecto, la máxima autoridad fiscal en México se ampara en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Esta legislación, explican desde el Gobierno de México, tiene por objeto proteger al sistema financiero y la economía nacional. Para ello, establece medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita.


Por lo tanto, la ley señalada poner límites en los montos de dinero en efectivo que los ciudadanos mexicanos pueden utilizar para llevar a cabo transacciones. El SAT remarca que lo que se busca es evitar delitos financieros, como el lavado de dinero, ya que en caso de sospechas se iniciará una investigación para esclarecer los movimientos.


En base a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) remarca que los límites de dinero en efectivo para transacciones están enmarcados en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).


Esto quiere decir que, tomando los datos correspondientes a 2025, el valor de la UMA actual equivale a 3,439.46 pesos mensuales, mientras que a nivel anual alcanza los 41,273.52 pesos. De esta manera, se pueden determinar los topes que el SAT, a través de la ley, impone para las transacciones con dinero en efectivo.


Por lo tanto, si se trata de operaciones como arrendamiento de bienes, adquisición de vehículos, relojes, obras de arte y joyería (entre otros), el monto máximo es de 363,179.40 pesos. Por otro lado, en el caso de transacciones por la compraventa de algún inmueble, el monto máximo llega hasta los 907,948.50 pesos.


De acuerdo a información suministrada en el portal web del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cumplimiento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita trae consigo aparejados beneficios, en general, para la sociedad mexicana en su conjunto y, en lo particular, para quienes realicen las actividades vulnerables, consistentes en:


  • La entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita impacta directamente el flujo de recursos de la delincuencia organizada, limitando así la reinversión de estos recursos en actividades delictivas.

  • Previene que los sectores que realicen Actividades Vulnerables sean utilizados por la delincuencia organizada para reutilizar los recursos obtenidos en la comisión de actividades delictivas.

  • Fomenta una sana competencia económica.

  • Previene la imposición de posibles sanciones administrativas y penales para quienes incumplan con lo dispuesto por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Comments


©2019 by Zona Política. Proudly created with Wix.com

bottom of page