CORTE AVALA REGLAS DE LA SEP PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la validez de las reglas establecidas por la Secretaría de Educación Pública para la evaluación y promoción de estudiantes de educación básica.
El máximo tribunal determinó que ningún alumno de preescolar, primaria o secundaria puede ser reprobado automáticamente únicamente por acumular faltas o tener materias pendientes. La resolución fue aprobada por unanimidad y valida el acuerdo 10/09/23 de la sep.
Sin embargo, esto no significa que las escuelas ya no puedan reprobar a los alumnos. La resolución establece que las faltas por sí solas no pueden utilizarse como criterio automático para determinar que un estudiante no acredita el ciclo escolar.
En preescolar y primer grado de primaria, la promoción al siguiente grado es automática. De segundo a sexto de primaria se requiere un promedio mínimo de seis en los campos formativos.
En secundaria, una calificación de cinco continúa siendo reprobatoria. Además, un estudiante puede repetir el grado cuando termina el ciclo con cinco o más materias sin acreditar; si tiene hasta cuatro materias pendientes, tiene derecho a un proceso de regularización.
La corte también determinó que las escuelas privadas incorporadas al sistema educativo nacional deben respetar las mismas reglas establecidas por la sep.
Las faltas continuarán registrándose en las boletas como información para maestros, padres y tutores, pero ya no podrán utilizarse por sí solas para decidir que un alumno reprueba.
La resolución busca evitar que factores económicos, familiares o sociales que puedan afectar la asistencia o el rendimiento académico se conviertan automáticamente en una causa para excluir a los estudiantes del sistema educativo.




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