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AMPLÍA EL SAT HORARIO DE ATENCIÓN

Zona Política
27 mar 2025
2 min de lectura

Esta es la última semana en la las personas morales deben de presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El próximo lunes 31 de marzo es la fecha límite establecida por el órgano administrativo para que los contribuyentes cumplan con este trámite obligatorio.


En este caso, la fecha límite señalada es para las personas morales de Régimen General, Régimen Simplificado de Confianza, Régimen Opcional para Grupos de Sociedades, Régimen de los Coordinados, y Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras. El SAT aclara que las personas morales sin fines de lucro, deben presentar la declaración en la que determinen el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada uno de sus integrantes.


Debido a la proximidad de la fecha límite para la presentación de la Declaración Anual de las personas morales, la máxima autoridad fiscal de México ha dispuesto ampliar su horario de atención para que las empresas cumplan con esta obligación fiscal. En este marco, el SAT recordó que en abril serán las personas físicas las que deban realizar la presentación.


En torno a la ampliación del horario de atención, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que la medida es solo por los días 26, 27, 28 y 31 de marzo. En estas jornadas, las oficinas del organismo permanecerán abiertas de 8.30 a 18 horas.


“De este modo, para aclarar cualquier duda, los contribuyentes pueden acercarse en los días y horas señalados a cualquiera de las 161 oficinas que el SAT tiene en el país, programando una cita o en su caso solicitando turno sin cita para los servicios de Sala de internet”, expresó el SAT en un comunicado.


Las personas morales que deban presentar su Declaración Anual deben contar con RFC y e.firma activa; información sobre montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros; y un servicio de banca electrónica habilitado para hacer transferencias electrónicas.


Además, el órgano administrativo recomienda “estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos, ya que dicha información se encuentra precargada en la Declaración Anual”.


Para que los contribuyentes puedan recibir orientación y saldar sus dudas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece los siguientes canales de atención:


  • MarcaSAT: 5562722728, opción 0, subopción 1.

  • Chat uno a uno.


Además, el SAT dispone de Módulos de Servicios Tributarios (MST) y Módulos (SARE) (Sistema de Apertura Rápida de Empresas) instalados en Centros y Plazas Comerciales, Cámaras, Asociaciones, Centros de Gobierno, Casas de Cultura o Presidencias Municipales.


En estos, el ciudadano puede recibir el servicio de asesoría y orientación personalizada. Para conocer la ubicación de estos módulos en el interior de la República Mexicana por estado, el interesado puede ingresar en el siguiente enlace.

 
 
 

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